Impugnacion Acuerdos Comunidad PropietariosÚltimas noticias sobre "Comunidad de propietarios" publicadas en idealista.com/news. Constitucion comunidad propietarios.Un edificio pasa a regirse por la Ley de Propiedad Horizontal una vez que el propietario de este. Web observatorio ITE;. En este consultorio de comunidades de propietarios, se ofrece orientación personalizada sobre la aplicación práctica de la Ley de Propiedad Horizontal. Impagos de las entidades bancarias en las comunidades de propietarios. Consejos para recortar gastos ordinarios de las comunidades de propietarios. ![]() ![]() El mercado de las comunidades de propietarios, de 1. El tiempo de lectura de este artículo es de 3 minutos. El artículo de Mario Calvo sobre si es necesario un Administrador de Fincas en una Comunidad de Propietarios ha abierto un interesante debate en redes sociales, que me permito traer aquí, evitando así las limitaciones de un tweet de 1. Lo primero que quiero hacer (y así provocar, de paso, su participación) es recordar al compañero Juan Baeza, colegiado de honor del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid, por su inextinguible defensa de la inexistencia de las comunidades de vecinos, que nada tienen que ver con la administración de fincas. Probablemente el inicio del debate, entre los profesionales de la administración de fincas, se abre nada más comenzar a leer el artículo de Mario Calvo, cuando señala que “las obligaciones del administrador de la comunidad son básicamente la gestión de los recursos económicos para mantener los elementos comunes, es decir, cobrar a los vecinos y pagar a los servicios.”. Es evidente que esta contundente descripción de las obligaciones básicas no ayuda a entender el trasfondo del contenido del artículo, especialmente cuando el lector es un profesional de la administración de fincas. · Los niveles de impago de cuotas soportados por las comunidades de propietarios en 2011 se incrementaron en un 31,2% con respecto al. Pero analizando las estadísticas (mucho más acertadas que otras que se difunden por otros intereses, que confunden edificios con viviendas y cifran en 1. España (sin contar otros modelos de comunidades de propietarios, como los edificios de oficinas o industriales.), aproximadamente la mitad tienen un número muy reducido de entidades. Aquí es donde acostumbro a poner una “línea roja” cuando debato con compañeros de la administración de fincas (a los que ahora, por cierto, veo desde otra cámara), ya que es muy frecuente ver como tienen un velo y prescinden de esa mitad de pequeñas comunidades al evaluar el mercado en su conjunto. Un edificio de dos o más entidades independientes ya es (salvo pequeñas excepciones) una comunidad de propietarios, pero ….¿Cuantas comunidades de propietarios con de menos de 9 entidades tiene administrador de fincas? Probablemente las podríamos contar sin utilizar las dos manos, por cuanto acostumbran a ser pequeños edificios, sin apenas servicios comunes, con el volumen de problemas proporcional al número de propietarios, y que, en un gran número, me arriesgo a aventurar que ni siquiera celebran Juntas de Propietarios. Y cuanto menor es el número de propietarios, menor son las necesidades. Quitemos ahora este grupo (casi mayoritario, según el censo del INE) del debate, y centrémonos en las comunidades de propietarios más grandes, donde habitualmente los asuntos (problemas o no) crecen de forma proporcional, y abramos de nuevo el debate sobre las funciones del Administrador de Fincas. Esas comunidades no solo tienen elementos comunes que generan gastos y, en tanto que comunes, deben ser soportados y distribuidos entre los propietarios. Esas comunidades también tienen más elementos comunes (en número o en dimensión), ya que son generalmente edificios más grandes, con ascensores, jardín, piscina, calefacción centralizada, aparcamiento, …. También esas comunidades tienen más propietarios, y donde más personas intervienen, más compleja es su gestión: morosidad, conflictos, acuerdos, reuniones, etc. Todo es más complejo cuanto mayor es el número de personas que conforman la comunidad. No en vano, estos dos elementos (el número de propietarios y los servicios comunitarios ‘extraordinarios’ que tiene la comunidad) son base del cálculo de los honorarios del Administrador de Fincas, y en su momento formaban parte del Baremo de Honorarios que aprobaban de los Colegios Profesionales. Una Comunidad de Propietarios como esta, con 3. CO2, mangueras de incendios y extintores, 3. Necesita esta comunidad un Administrador de Fincas? Nueva forma para este interesante debate….¿participas? Pedro García@primeraconvo.
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November 2017
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